Blanqueo: la AFIP reforzó exigencias a bancos para las cuentas especiales
La Administración Federal de Ingresos Públicos avanza con las normas necesarias para estar en línea con los estándares internacionales que fija la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
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En el marco del blanqueo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reforzó ciertas pautas adicionales que deberán observar las entidades financieras para la adecuada aplicación de los procedimientos de debida diligencia a cuentas en el país de extranjeros.
A través de la Resolución General 5537/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial bajo la firma de Florencia Misrahi, titular de la AFIP, la entidad fijó algunas pautas en línea con las Normas Comunes en Materia de Presentación de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
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"Que en virtud de la experiencia recogida y de las recomendaciones efectuadas por la citada Organización, resulta aconsejable modificar la precitada resolución general, a fin de precisar ciertas pautas adicionales que deberán observar las entidades financieras para la adecuada aplicación de los procedimientos de debida diligencia a su cargo", explica la Resolución.
Hace algunos días, la AFIP también flexibilizó las condiciones para ingresar al blanqueo con el objetivo de sumar más adhesiones al llamado Régimen de Regularización de Activos incluido en el paquete fiscal.
La resolución completa
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE I... by Luz De Sousa Quintas
Las nuevas condiciones para entrar al blanqueo
El ente recaudador aclaró y simplificó algunos aspectos del blanqueo que reglamentó hace poco más de una semana.
En busca de sumar más adhesiones y reforzar la recaudación fiscal en las primeras etapas del régimen -las que ofrecen mayores beneficios- AFIP habilitó el ingreso al programa a quienes tienen su CUIT con limitaciones por los siguientes incumplimientos:
- Falta de Inscripción en Impuestos/Regímenes;
- Falta de Presentación de Declaración Jurada;
- Falta de Movimiento y Empleados en Declaración Jurada, o;
- Incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico (en los términos de la Resolución General N° 3.832 y sus modificatorias)
Por otro lado, el organismo publicó las constancias y documentos que deben presentar quienes se adhieran al régimen según el tipo de activo que declaren y si están ubicados en Argentina o en el exterior.
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Según marcó la AFIP, este paso es necesario para acreditar la titularidad y valuación de:
- dinero en efectivo;
- cuentas bancarias;
- inmuebles;
- activos financieros;
- criptomonedas;
- participaciones en empresas, entre otros.
Así, "los interesados podrán preparar los antecedentes necesarios para su adhesión con la debida antelación, brindando un marco de seguridad a la exteriorización y evitando futuros cuestionamientos sobre la tenencia y el valor de dichos bienes", destaca AFIP.